Asesoría Corporativa


Estos servicios solo se ofertan para la República Bolivariana de Venezuela,en modalidad virtual, a excepción de aquellos clientes internacionales que requieran informes jurídicos sobre el ordenamiento jurídico venezolano, y consisten en la prestación remunerada de servicios jurídicos extrajudiciales y judiciales, los cuales podemos resumir de la siguiente manera:


I.      Asesoría integral por cualquier vía de comunicación, ya sea interpersonal o a distancia a través de teléfono, fax, correo electrónico, etc., sobre temas puestos a consideración por el cliente, generando dictamen oral o escrito sobre la inquietud planteada.


II.                Redacción de documentos legales, como cartas, solicitudes, contratos, actas de cualquier tipo, garantías, testamentos, relativos a la capacidad y estado civil, bienes, entre otros, en cualquier rama del derecho y cualquiera que sea su monto.


III.             El empleo de estrategias que garanticen a nuestros clientes el cumplimiento del ordenamiento jurídico para evitar sanciones legales, a través del diagnóstico por medio de auditorías internas de las diversas normas recientes de control estadal de la actividad comercial o profesional, tales como la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadoras y Trabajadores, Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliarios para el Uso Comercial, Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso de Bienes y Servicios, Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOCYMAT), entre otras.


IV.   La capacitación de las diferentes dependencias de nuestros clientes en las materias: Laboral, tributaria y administrativa para el cumplimiento de la normativa aplicable con miras a evitar sanciones de tales naturalezas.


V.      Gestiones extrajudiciales como por ejemplo: Cobranzas extrajudiciales, representación o asistencia en procedimientos administrativos de cualquier tipo, traslado a oficinas públicas y privadas para recabar información de interés judicial, cobranzas extrajudiciales y asistencia o representación en procura de alcanzar los medios alternativos de resolución de conflictos. No incluye labores de gestoría para lograr permisos, documentos personales, apostillas, entre otros, que no se relaciones con los servicios propios de los abogados, estos es, que para su realización la ley no exija capacidad de postulación o servicios propios de un abogado.


VI.   Representación o asistencia judicial en asuntos de cualquier índole.


Los servicio ofertados serán regulado por un contrato de servicios profesionales por un lapso de dos (2) meses prorrogables y poder debidamente notariado, en caso de que el cliente estime necesario; lo cual permitirá que se rebajen en un cincuenta por ciento (50%) los honorarios que se generen por judiciales. 

Los servicios de asesoría y asistencia o representación extrajudicial tendrán un tope máximo de Diez (10) horas semanales o Cuarenta (40) horas al mes, las cuales serán registradas por el  Despacho y acreditadas al cliente.

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